jueves, 16 de abril de 2009
El PP solicita informe al Consejo Audiovisual de Andalucía sobre la legalidad de "Giralda Television Digital"
Ante el rechazo a la petición de informe por el Consejo Audiovisual por que argumenta que debe pedirlo el Ayuntamiento y no un Grupo Político Municipal el PP lleva al Pleno del Viernes 17 la siguiente Propuesta Urgente con la que pretendemos que un organismo técnico y presuntamente independiente se pronuncie sobre la legalidad de la nueva televisión analogica municipal.
AL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO PLENO
Recientemente el espectro audiovisual sevillano se ha visto aumentado con la aparición y puesta en marcha de un nuevo canal de televisión local en analógico denominado “Giralda Televisión Digital”.
Por el gobierno municipal de Sevilla se ha manifestado que la Agrupación de Interés Económico había adjudicado a la productora TCM un contrato de 59.950 € para el inicio en pruebas y en soporte analógico de las emisiones de “Giralda Televisión Digital”.
Según figura en Informe emitido por el Secretario General del Ayuntamiento de Sevilla, “no consta resolución ni acuerdo alguno relativo, específicamente, a la puesta en marcha de una televisión local denominada Giralda Televisión Municipal”.
Dado que de estas y otras informaciones recibidas al respecto se deduce que la emisión a través de una canal analógico se produce por la cesión de una frecuencia preexistente y que este hecho podría estar en contradicción con los artículos 9.1c.5; 9.2, 22.1, 38 y 39.3 del Decreto 1/2006, de 10 de enero, por el que se regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía; el articulo 53, apartados a) y d) de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y el resto de legislación vigente en la materia, se hace imprescindible conocer la legalidad de las actuaciones del gobierno municipal en este tema.
Tanto más por cuanto no consta acuerdo de órgano colegiado o unipersonal de esta Corporación que dote de personalidad jurídica a ninguna sociedad con la denominación de “Giralda Televisión Digital”, y podríamos estar en un supuesto contrario al artículo 12 de la Ley 41/1995, de 22 de diciembre, de Televisión Local por Ondas Terrestres y demás legislación aplicable.
En relación con ello, hay que tener en cuenta que la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía faculta a dicho Consejo para “Asesorar al Parlamento de Andalucía, al Consejo de Gobierno y a las Corporaciones Locales de Andalucía, en los términos que regule su Reglamento Orgánico y de Funcionamiento, en materias relacionadas con la ordenación y regulación del sistema audiovisual, así como elaborar los informes y dictámenes oportunos en materia de su competencia, tanto por iniciativa propia como a petición de las entidades mencionadas.” Por esto, se hace necesario que dicho órgano se pronuncie a instancia del Ayuntamiento Pleno sobre la situación de ilegalidad en que se encuentra “Giralda Televisión Digital”.
Por todo lo anterior, el Grupo de Concejales del Partido Popular propone al Equipo de Gobierno la adopción del siguiente
ACUERDO
ÚNICO: Que por este Ayuntamiento Pleno, en aplicación del articulo 4.2 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, se inste al Consejo Audiovisual de Andalucía a emitir informe acerca de la situación de ilegalidad en la que se encuentra “Giralda Televisión Digital”.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario